- La Nueva Ley del Trabajo de Venezuela que entrara en vigencia la próxima semana establece que la trabajadora en estado de gravidez tendrá derecho a un descanso durante seis semanas antes del parto y veinte semanas después, o por un tiempo mayor a causa de una enfermedad, que según dictamen médico le impida trabajar. En estos casos, conservará su derecho al trabajo y al pago de su salario, de acuerdo con lo establecido en la normativa que rige la Seguridad Social. Cuando el parto sobrevenga después de la fecha prevista, el descanso prenatal se prolongará hasta la fecha del parto y la duración del descanso postnatal no podrá ser reducida. Todos los trabajadores tendrán derecho a un permiso o licencia remunerada por paternidad, de catorce días continuos contados a partir del nacimiento de su hijo o hija o a partir de la fecha en que le sea dado o dada en colocación familiar por parte de la autoridad con competencia en materia de niños, niñas y adolescentes. Adicionalmente, gozará de protección especial de inamovilidad laboral contado a partir del alumbramiento. También gozará de esta protección el padre durante los dos años siguientes a la colocación familiar de niños o niñas menores de tres años. La trabajadora a quien se le conceda la adopción de un niño o niña menor de tres años, tendrá derecho a un descanso de maternidad remunerado, durante un período de veintiséis semanas contadas a partir de la fecha en que le sea dado o dada en colocación familiar. El trabajo se llevará a cabo en condiciones dignas y seguras, que permitan a los trabajadores y trabajadoras el desarrollo de sus potencialidades, capacidad creativa y pleno respeto a sus derechos humanos, garantizando: a) El desarrollo físico, intelectual y moral. b) La formación e intercambio de saberes en el proceso social de trabajo. c) El tiempo para el descanso y la recreación. d) El ambiente saludable de trabajo. e) La protección a la vida, la salud y la seguridad laboral. f) La prevención y las condiciones necesarias para evitar toda forma de hostigamiento o acoso sexual y laboral. Por razones de salud y seguridad laboral, los trabajadores y trabajadoras no comerán ni dormirán en su puesto de trabajo, salvo en los casos que por razones del servicio o de fuerza mayor, deban permanecer en el mismo. Los patronos y las patronas que ocupen más de mil trabajadores y trabajadoras cuyas labores se presten en lugar distante a más de cien kilómetros de una ciudad que tenga servicios hospitalarios, o a más de cincuenta, cuando no pueda recurrirse a esos servicios en caso de necesidad por no existir medios de transporte que lo permitan, deberán sostener un establecimiento o centro de salud dotado de todos los elementos requeridos para la atención médica, quirúrgica o farmacéutica según lo determinen las autoridades en materia de salud, de conformidad con la legislación respectiva. El Estado promoverá, adoptará y desarrollará políticas públicas orientadas al desarrollo de las condiciones de salud, formación integral, transporte, vivienda y calidad de vida con la finalidad de alcanzar la plena inclusión de los trabajadores y trabajadoras con discapacidad, incorporándolos e incorporándolas al trabajo digno y productivo, en el marco del proceso social de trabajo. En ningún caso, el patrono o la patrona exigirá a la mujer aspirante a un trabajo que se someta a exámenes médicos o de laboratorio destinados a diagnosticar embarazo, ni algún otro de similar naturaleza, tampoco podrá pedirle la presentación de certificados médicos con tales fines.
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05 mayo 2012
Beneficios en Materia de Salud de la Nueva Ley del Trabajo
Redactado por el Dr Jesús Gutierrez Daza Hora: 1:55:00 p. m. 0 Comentario Print PDF
Labels: Salud
03 mayo 2012
Un Parche que Aumenta el Deseo Sexual de la Mujer
Fue desarrollado hace diez años después del sidelnafil, y desde el año 2007 es
comercializado en Europa con el nombre de Intrinsa. Mientras que el Sidelnafil facilita
el proceso físico de la erección, la Intrinsa actúa sobre los mecanismos
mentales del deseo y lo más importante, es solo para mujeres. Intrinsa, se basa en la
testosterona, la principal hormona sexual natural. Las mujeres segregan esta hormona, aunque en menor medida que el hombre. Los
niveles bajos de testosterona se han asociado a un deseo sexual escaso y una reducción
de los pensamientos y la excitación sexuales. En las mujeres a las que se han
extirpado el útero y los ovarios, la cantidad de testosterona producida se
reduce a la mitad. Intrinsa libera testosterona a la sangre a través de la
piel, logrando concentraciones de testosterona equiparables a las que había
antes de la operación, aumentando la libido de una manera eficaz .
Redactado por el Dr Jesús Gutierrez Daza Hora: 1:25:00 p. m. 0 Comentario Print PDF
Labels: Medicina , Sexualidad
Los Accidentes de Transito en Venezuela
Los accidentes de tránsito con sus consecuencias de mortalidad, morbilidad,
costos económicos, secuelas emocionales, sociales, económicas y alto porcentaje
de discapacitados además del drama de que en un importante número de siniestros
desaparece el sostén de una familia, por lo que representa un grave problema de
salud pública en Venezuela y todos los países del planeta. Todos los factores
involucrados: conductores, peatones, vías, autoridades, leyes, servicios
asistenciales y otros, constituyen un complejo problema que se
interrelaciona en el cual es necesario la concientización de la
ciudadanía y una firme voluntad política para disminuir y prevenir esta temible
epidemia, que ocasiona una alta tasa de muertes, heridos y graves secuelas psíquicas,
sociales, económicas y alto porcentaje de discapacidades. El médico juega un
rol importante no solo en la atención de los afectados sino también en la
prevención de los accidentes viales. Se presenta una exposición del problema y
sus secuelas; se realiza un análisis de los principales factores de riesgo,
incluyendo la personalidad del conductor y otros como el alcohol, medicamentos
y la velocidad excesiva, la importancia del rescate rápido y el traslado
adecuado con la debida coordinación de las unidades de trauma. Se hace
necesario la promulgación de una legislación adecuada, un estricto cumplimiento
de la ley y una correcta planificación y mantenimiento de las vías y de los
automóviles. Se presentan las diversas estadísticas incluyendo reportes de otros
países, la falta de uniformidad de las cifras de muertos, heridos y accidentes
en nuestro país y las medidas de prevención que disminuyan la trágica situación
que crean los accidentes viales incluyendo la imperiosa necesidad como aspecto
básico de la educación en todos los niveles y el uso de los medios de difusión
para tal fin, así como las sanciones correspondientes y aspectos tecnológicos.
Fuente: Bitácora Medica
Redactado por el Dr Jesús Gutierrez Daza Hora: 2:00:00 a. m. 0 Comentario Print PDF
Labels: Salud
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